Por incumplimiento de obligaciones, diputados de la LXV Legislatura Local aprobaron la suspensión definitiva del regidor Hugo Sánchez Pérez del municipio de Santiago de Anaya, quien lleva seis meses sin presentarse a las sesiones de Cabildo, así como en las instalaciones que albergan al Ayuntamiento.
En sesión ordinaria se aprobó el dictamen emitido por la Primera Comisión Permanente de Gobernación encabezada por José Noé Hernández Bravo, quien dio a conocer que recibieron dicha petición de revocación de mandato del señalado, debido a que la última ocasión que fue visto en este inmueble, fue en el mes de septiembre de 2023.
El 18 de septiembre de ese mismo año, se recibió el oficio número MSA- DP- 375- 6442/2023, enviado por el alcalde Edigar Monter Ángeles, quien solicitó al Congreso Local, la suspensión del regidor Sánchez Pérez.
Un día después de haber ingresado el oficio al Poder Legislativo, se dio a conocer que esta petición sí tenía validez, debido a la acumulación de tres faltas no justificadas a las sesiones de Cabildo, por lo que en consecuencia, se solicitó llamar a la suplente y cumplir con las funciones pendientes del regidor propietario.
El alcalde Edigar Montes hizo llegar a la Comisión de Gobernación del Congreso, las pruebas que mostraban las notificaciones, actas de asamblea y el pase de lista en el que se aprecia la ausencia del regidor quien, a pesar de los llamados hechos desde el 27 de octubre hasta el 4 de marzo, no se presentó.
La Comisión de Gobernación recibió la solicitud acompañada de 31 copias certificadas de actas de asamblea de sesiones consecutivas, que comprenden del 27 de octubre de 2023 al 28 de febrero de 2024, así como la lista de asistencia del resto de munícipes.
De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, este tipo de solicitudes dan cumplimiento cuando se comprueba la existencia de pruebas bajo los artículos 75 y 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en la que se señala que el gobierno municipal se integra por un presidente, síndico y regidores quienes tendrán una duración en el encargo por un periodo de 3 años 9 meses. Tomaron posesión el 15 de diciembre de 2020.
La Comisión Legislativa señaló que se cumplen con dos supuestos establecidos en el artículo 77, que hablan del abandono de sus funciones en un lapso de 30 días consecutivos sin causa justificada.

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