Las diputadas Carolina Viggiano Austria y Lidia García Anaya, del PRI y de Morena, respectivamente, celebraron la aprobación de la Ley 3 de 3 en el pleno del recinto de San Lázaro, que impide que deudores alimentarios y violentadores, puedan acceder a cualquier empleo, cargo y comisión en la administración pública o a una candidatura a un cargo de elección popular.
“Con esta reforma a los artículos 38 y 102 de nuestra Constitución General, estamos garantizando que ningún agresor, acosador o deudor de pensión alimentaria, pueda ir a una posición pública, pues nadie, nadie que tenga esta condición puede estar tomando decisiones sin un compromiso ético y con los valores que deba defender”.
Precisó que esta reforma significa que todo aquel que esté ejerciendo un cargo público actualmente y trasgreda la ley, será sancionado y sustituido en su posición, por atentar en contra de los derechos fundamentales.
La priista hidalguense comentó que para las legisladoras de su partido, es un logro que se materialice una ley que viene impulsada desde la sociedad civil y con propuestas de todos los partidos políticos.
“Con su aprobación hemos consolidado la lucha de las mujeres y de la exigencia social, que trasciende al ejercicio de nuestros derechos. La representación pública es un espacio de liderazgo y de respeto social, por ello el Estado mexicano no puede confiar en personas que han demostrado que no tienen capacidad de tomar decisiones racionales y justas”, expresó desde la máxima tribuna.
Dijo que elegir a personas que han cometido actos de violencia contra las mujeres, es ignorar la gravedad del problema.
Afirmó que con esta reforma se manda un mensaje claro: “la violencia de género no será tolerada más en ningún ámbito, ni público ni privado, y también no depende de qué cargo ocupen, así sea el Presidente de la República”.
La diputada de Morena, Lidia García Anaya, quien fundamentó el dictamen, manifestó que esta reforma constituye un avance histórico en materia legal, “al prohibir el registro como candidato o candidata a cualquier cargo de elección popular, para que no pueda ser nombrada para ningún empleo, cargo o comisión en el servicio público, fijando por ley los casos en los que se pierden o suspenden los derechos como ciudadano”.

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