Una de las figuras más comunes que se ven en las resoluciones de amparo son los sobreseimientos, lo cual significa la culminación del proceso sin estudiar el fondo del mismo, es decir sin que el tribunal o juez federal realicé un estudio respecto del asunto planteado.

Lo anterior no solamente es preocupante sino ocupante para un país que día con día se duele ante lo que denominamos violaciones constantes a derechos humanos y con ello injusticia no solamente por parte de tribunales sino de autoridades en general.

Como consecuencia, nuestro sistema creo un juicio por medio del cual tribunales federales e imparciales pudieran estudiar cada caso en particular con la finalidad de decir si los mismos son constitucionalmente válidos o no y de no serlo proteger al quejoso para que el Estado Constitucional de Derecho impere en nuestro país.

Sin embargo, si la mayor parte de los casos no son estudiados en nuestro país el juicio de amparo termina convirtiéndose en un proceso tedioso que tiene la única finalidad de otorgar falsas esperanzas a un país en busca de justicia.

En tal sentido, el juicio de amparo sobreseído es un proceso inerte que no ha tenido finalidad alguna puesto que, no otorga la razón a la autoridad, pero tampoco al quejoso es decir no estudia el asunto en concreto pudiendo inclusive existir un acto inconstitucional del cual no se va a estudiar porque el órgano jurisdiccional considera que al ser el amparo un juicio extraordinario puede ser reparado dicha violación de existir por otros medios legales existentes.

No obstante, debemos de ser conscientes que el error en el sobreseimiento implica la mayor de las violaciones a los derechos humanos consistente en la falta de acceso a la justicia puesto que, un error en un proceso de garantías implica no solamente la violación por el acto de origen sino la imposibilidad de ser reparado en posterioridad.

Por tanto, es que el exceso en sentencias sobreídas en materia de amparo solo deja entrever una falta de justicia a nivel federal, misma que debe de ser estudiada y garantizada.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@hotmail.com

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