Con 16 votos a favor y una abstención, el Congreso local aprobó la interrupción legal del embarazo (ILE) hasta las 12 semanas de gestación, con lo que Hidalgo se convierte en el tercer estado que despenaliza esta práctica.

Pese a las posturas en contra de legisladores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Encuentro Social Hidalgo (PESH), pues acusaron que se violentó el proceso legislativo e intereses “electorales” de Morena, la mayoría avaló la reforma al Código Penal y a la Ley de Salud para el estado de Hidalgo, en su segundo intento durante la LXIV Legislatura.

De acuerdo con el dictamen avalado, se establece que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Para los efectos del código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.

También se reducen las penas por la comisión de ese delito: de seis meses a un año de prisión y de 10 a 40 días de multa, pues actualmente son de tres a siete años y de 40 a 150 días de multa.

Asimismo, se mantienen las cuatro causales que excluyen de responsabilidad penal por aborto: cuando se deriva de una conducta culposa, si el embaraza es producto de una violación o estupro, en caso de que ponga en riego la salud o vida de la mujer, así como si el producto presenta graves alteraciones genéticas o congénitas que provoquen daños físicos o mentales. No obstante, para el segundo supuesto ya no es necesario que exista una causa penal para detener la gestación.

En la reforma a los artículos 154, 155, 156 y 158 también se establece el aborto forzado cuando no existe consentimiento de la mujer. En este supuesto se impondrán penas de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días de multa; si hubiera violencia de por medio, el castigo se incrementará de cuatro a nueve años de cárcel y de 50 a 200 días de multa.

Si el delito de aborto lo comete un médico partero, enfermero o practicante médico, además de la pena que le corresponda, será suspendido de su ejercicio profesional por un tiempo igual al de la pena de prisión que le sea impuesta.

Aunado a ello, se deroga el artículo 157, que castiga con tres meses a dos años de cárcel a la mujer que interrumpe su embarazo para evitar la exclusión social o por extrema pobreza.

Respecto a la Ley de Salud, se adiciona el capítulo Interrupción Legal del Embarazo para que las instituciones públicas y privadas de salud provean el servicio en los supuestos del Código Penal y a solicitud de la interesada. Igualmente se considera la figura de objetor de conciencia por creencias contrarias al aborto, la cual no podrán invocar si la ILE es necesaria para salvaguardar la vida de la mujer.

Además, en los centros penitenciarios se procurará el derecho a la interrupción legal del embarazo.

El dictamen, que entrará en vigor una vez publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), señala que el Ejecutivo tiene 60 días naturales para prever las medidas presupuestales y administrativa necesarias para garantizar el derecho a la ILE.

Previo a la votación, la morenista Roxana Montealegre Salvador acusó que a los opositores les molestaba el dictamen porque en la banda mayoritaria hubo consenso. En tanto, el panista Asael Hernández Cerón, advirtió que combatirán jurídicamente la aprobación de la reforma.

Afuera del Congreso, organizaciones feministas celebraron la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación. Entre consignas, pañuelos y bengalas verdes las mujeres se abrazaron y lloraron ante un logro de la lucha por sus derechos desde hace más de tres décadas, señaló la activista Diana Avilés Quezada.

Se prevé que esta tarde celebren la validación del dictamen en el Reloj de Pachuca.

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