En la conferencia de prensa matutina del gobierno del Estado de Hidalgo, dio a conocer la recuperación de una gran cantidad de bienes, por una cuantiosa suma de dinero en beneficio del Estado.

Lo anterior se basa en que el Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo como cualquier poder autónomo tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, es decir tiene bienes muebles e inmuebles, mismos que son propiedad del pueblo y de interés público.

En consecuencia, su recuperación es en beneficio del Estado y como consecuencia del pueblo mismo.

No obstante, ciertos bienes se han prestado, rentado o incluso donado, pero solamente ello se puede realizar en beneficio colectivo y del propio interés social, siendo la naturaleza de cualquier contrato relacionado con los mismos el interés público.

Por tanto, se presume que, cuando un bien no cumple con dicho interés o se desvía de su objeto es recuperado para que sea beneficiado el propio Estado, siendo la premisa de cualquier bien público su uso primigenio para las necesidades del propio poder.

Del mismo modo, en nuestro país como un Estado Constitucional de Derecho no puede existir una recuperación de bienes sin que exista la garantía de un debido proceso, por lo que con ello se presume que dichos bienes fueron ocupados para una cuestión diversa o que en el momento en que se entregaron no cumplieron con un interés colectivo.

En consecuencia, cada bien recuperado que acrecienta la propiedad del Estado implica un beneficio para nuestro Estado y en consecuencia para la población puesto que, ello debe traducirse en más y mejores servicios para las y los hidalguenses.

Sin duda, la obligación de cualquier gobierno es administrar de manera correcta y adecuada los bienes, garantizando su uso de forma transparente, eficiente y licita en beneficio de la población.

jfernandoge1@gmail.com

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