Niebla y Tiempo A.C. acusó un mal proceder del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), al considerar que invalidó la participación ciudadana. Además, señaló que el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Distrito resolvió la revisión administrativa 46/2024 del juicio de amparo indirecto 1340/2022-5, resolución que deja sin efectos la declaratoria.

Montserrat Barragán Andrade y Alejandro Aldana indicaron que en Tulancingo encabezaron un movimiento cultural e identitario sin precedentes, el cual logró sumar numerosas voluntades en favor de Huapalcalco.

Como resultado, hace tres años se obtuvo la primera declaratoria a nivel nacional de un decreto como Zona de Monumentos Arqueológicos a petición de parte, procedimiento iniciado, impulsado y llevado hasta sus últimas consecuencias por Niebla y Tiempo A.C., con el respaldo de miles de personas.

Expusieron que, desde entonces, los gobiernos federal, estatal y municipal han realizado acciones de atención para Huapalcalco, pese a no reconocer la acción comunitaria.

Sin embargo, sostuvieron que la incongruencia en la actuación del INAH provocó que el precedente de participación ciudadana quedara invalidado, lo que afecta el objetivo central del movimiento: la protección del patrimonio arqueológico.

Ante este escenario, manifestaron sentirse profundamente molestos y decepcionados con las instituciones gubernamentales.

También hicieron un llamado a los habitantes de Tulancingo y a los visitantes de Huapalcalco para no permitir que las malas prácticas institucionales menosprecien el logro comunitario alcanzado para proteger el sitio.

Precisaron que durante la última semana de junio de este año, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Distrito resolvió la revisión administrativa 46/2024 del juicio de amparo indirecto 1340/2022-5 y ratificó la sentencia que establece que no se cumplió una de las exigencias previstas en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en particular la congruencia que debe tener la respuesta emitida por la autoridad.

Debido a esa deficiencia en el procedimiento, añadieron, la declaratoria quedará sin efecto.

Asimismo, señalaron que en la nota informativa publicada por el INAH federal el 4 de agosto de 2025 se afirma que el expediente técnico de la declaratoria de Huapalcalco fue integrado en estricto apego a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

No obstante, afirmaron que la ratificación de la sentencia demuestra lo contrario.

Finalmente, responsabilizaron al INAH por la pérdida de la protección jurídica de Huapalcalco al considerar que la institución ha sido incapaz de vincularse con los actores sociales verdaderamente interesados en la conservación del lugar.

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