Una de las noticias que han sido materia de grandes discusiones en los últimos días fue la resolución emitida por el Instituto Nacional Electoral, respecto de una serie de medidas cautelares contra un ciudadano, que lo obligaban a bajar diversos Tweets, por ser materia de una denuncia de violencia política de genero en contra de una senadora.

En dichos tweets, se denostaba a la senadora Citlali criticando su cuerpo y haciendo referencia a su peso físico, motivo por el cual, el Instituto señalo que debían de bajarse dichos mensajes para que no continuaran afectando la imagen de la legisladora.

En tal sentido, es de señalar que las medidas cautelares en materia electoral no resuelven la problemática en el fondo del asunto, sino que tienen la finalidad de evitar que se prolongue la violencia por un tiempo indefinido, hasta en tanto se resuelva el asunto en su totalidad.

 Lo anterior en virtud de garantizar el acceso a la justicia puesto que, de acuerdo con el tipo de asunto que se ventilan en materia electoral y la premura de los mismos, es necesario dicha protección anticipada para garantizar los derechos de las personas.

En el caso particular, mucho se ha hablado respecto de la posibilidad que tiene el INE para ordenar a un ciudadano que no servidor público, realizar una acción y si ello es violatorio de la libertad de expresión de las personas.

Debemos de señalar que no es violatorio del derecho de la libertad de expresión sino una limitante a dicho derecho y el INE se encuentra facultado para ello, ya que la ley lo permite y no es una novedad ni un caso aislado, sino que este es un caso que se ha publicitado, pero no es ni el único ni el primero.

El sustento esencial es que la discusión política debe de basarse en ello, en las ideas y no en las apariencias o en burlas sin sentido, que en nada fortalecen la vida democrática del país.

juanfer_lm@jfg

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *