La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez de declaratoria a la charrería como patrimonio cultural inmaterial del estado a través del inciso f del artículo 30, fracción I, de la Ley de Cultura y Derechos Culturales del Estado de Hidalgo.
En sesión extraordinaria efectuada en Chiapas, los ministros descartaron que al igual que ocurre con las fiestas, danzas, músicas y lenguas que identifican a otros pueblos y comunidades del país, la charrería forma parte de las tradiciones que dan identidad a las personas y a las regiones.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos distingue entre el patrimonio cultural material, como zonas arqueológicas o monumentos —cuya protección corresponde de manera exclusiva a la federación— y el patrimonio cultural inmaterial, integrado por prácticas, expresiones y saberes de la vida cotidiana de los pueblos.
La corte expuso que la cultura se rige por un esquema de facultades concurrentes que obliga a la federación, a los estados y a los municipios a trabajar de manera coordinada para protegerlo, sin que exista un monopolio federal sobre la misma.
Bajo esa lógica, indicó que las comunidades y las autoridades locales están “en mejor posición” para identificar qué tradiciones, fiestas, prácticas o expresiones forman parte de su patrimonio cultural inmaterial. Ello, debido a que son quienes las viven, las transmiten y las reconocen como propias.
Con ese argumento, calificó como legítimo que el Congreso de Hidalgo reconozca a la charrería, a través de su ley, como parte de su herencia cultural, no importando si esa práctica también es significativa en otros estados o ha sido declarada patrimonio cultural en el ámbito nacional o internacional.

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