Para tener una regulación efectiva, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo presentó su manual para regular las percepciones de las y los servidores públicos consideradas en 29 artículos; dicho manual entró ya, en vigor al quedar plasmado en el Periódico Oficial del Estado.
De acuerdo con la información del Manual de Organización la idea es definir las funciones de cargos, así como sus principales responsabilidades que incluye el cargo correspondiente, además de los requisitos a cubrir para ser ocupados por aspirantes, también se precisa el tipo de cargo y si forma parte de la plantilla de empleados de confianza.
De igual forma, se habla de la instrumentación del ordenamiento que debe contar el Tribunal Electoral a través de áreas específicas plasmadas en el manual de organización donde se desglosa su clave, tipo de compensación económica general y garantizada que podrán encontrarse en la Dirección de Administración.
Así mismo, resalta la estructura ocupacional, el tipo de prestaciones de ley como es el ISSSTE; también la Ley de Presupuesto, Ley Orgánica, movimiento de renivelación, es decir, en el caso que algún funcionario pueda tener un cargo mayor, organigrama; percepción extraordinaria y ordinaria mensual, contratación de personal eventual, plantilla de personal de plaza y prestaciones.
También, el presupuesto de Egresos, puesto que desempeña, la reestructuración orgánica y ocupacional de servidora o servidor público, sueldos y salario, tabulador de sueldos global.
Dentro de los puntos que resalta está el otorgar prestaciones al personal en función de las aportaciones por concepto de seguridad social de conformidad con la Ley del ISSSTE y de los Sistemas Ahorro para el Retiro en términos de las disposiciones aplicables.
También está la ayuda para despensa consistente en 1 mil 200 pesos mensuales al personal del nivel 7 al 8E, cantidad que será entregada equitativamente por quincena.
Los servidores públicos con más de seis meses consecutivos de servicio tendrán derecho a disfrutar de dos períodos vacacionales de 10 días laborales.
El aguinaldo anual será por un monto equivalente a 65 días, correspondientes a salario base, más compensación ordinaria, garantizada, tomando en consideración las disminuciones por concepto de deducciones.
