Par evitar sanciones a los sujetos obligados y ser acreedores a juicios de revisión ante las instancias competentes, consejeros del ITAIH aprobaron la reducción de tiempos, por ello, deben cumplir en un periodo no mayor a 20 días.
El Consejo General durante la celebración de su décima tercera sesión, acordó la disminución de plazos establecidos para cumplir aquellas resoluciones enviadas a entes públicos, es decir, anteriormente debían hacerlo en 10 días, ahora, será de cinco días como lo marca el criterio 01/2023 enviado por el Instituto Nacional de Transparencia.
Por este motivo, los sujetos obligados que no respondan a solicitudes de acceso a la información durante el plazo máximo de 20 días, podrían recibir sanciones administrativas.
La presidenta consejera, Myrna Moncada Mahuem, señaló que los sujetos obligados deben entregar la información de manera completa durante el periodo de instrucción a fin de reducir los tiempos de entrega extemporáneos, a favor de las personas.
De acuerdo con datos anteriores, los entes públicos han tardado en contestar las solicitudes de acceso a la información hasta de 21.94 días.
Ahora, se busca que a través de estás acciones, disminuir este plazo. “Como vemos sobrepasa el tiempo máximo general de 20 días establecido por nuestra Ley de Transparencia”.
Los consejeros del ITAIH aprobaron por unanimidad el Criterio 01/2023 presentado por el Comisionado Luis Ángel Hernández Ríos, mismo que busca disminuir el tiempo en que efectivamente las personas obtienen respuesta por parte de las autoridades.
Esto, derivado de la interposición de un recurso de revisión por falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información, lo que refrenda el compromiso de este Órgano Garante con la salvaguarda y pleno ejercicio del acceso a la información pública en Hidalgo como derecho humano.
La importancia de este criterio radica en que la causal de interposición de recursos de revisión con más incidencia en el ejercicio 2022 en materia de acceso a la información, fue de 452 asuntos de los 903 totales; es decir, al menos en este número se hizo de conocimiento del ITAIH, que las personas no obtuvieron respuesta a sus solicitudes de acceso a la información.