El pasado 15 de septiembre de 2024, la Cámara de Diputados aprobó en sesión maratónica el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación al Poder Judicial.

Dichas modificaciones contemplan en los transitorios que: “las entidades federativas tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones a sus constituciones locales”.

Este plazo está próximo a concluir, por lo cual, el Congreso del Estado de Hidalgo realizó lo pertinente para darle seguimiento a lo mandatado por los legisladores federales. Sin embargo, en la sesión local, se reavivaron los ánimos y la discusión nuevamente cobró fuerza entre la coalición que apoya la reforma y la oposición.

A final, aquella soberanía, aprobó con 25 votos a favor y cinco en contra, la reforma en cuestión. No sin antes realizar un debate sobre las conveniencias e inconveniencias del particular. Hay que recordar que se pretende la renovación de la totalidad de cargos de los Poderes Judiciales locales; y esta deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que estos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027.

Es decir, se trata de ordenar los ejercicios comiciales en lo local, para que no exista confusión y no se compliquen los tiempos que marca la federación. En ese sentido, el pasado  30 de enero el gobernador del estado, presentó ante el Congreso del Estado de Hidalgo la Iniciativa que Reforma, Adiciona y Deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Hidalgo en materia a la Reforma al Poder Judicial del Estado de Hidalgo.

Dicha iniciativa se turnó el mismo día a la Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio, análisis y dictaminación. Una vez realizado el ejercicio parlamentario, se convocó una mesa de trabajo para llevar a cabo la presentación del documento citado.

Solventado este trámite se pasó a pleno y se votó con los resultados antes mencionados. Es decir, se llevó a cabo todo el proceso legislativo que marca la ley. Pues bien, a pesar de lo anterior, voces contrarias a la reforma, acusaron la falta de un parlamento abierto y de más tiempo para la discusión de la reforma.

Esos criterios se caen por su propio peso por el plazo mencionado con anterioridad (los 180 días que marcan los transitorios en la reforma federal). De tal manera, que los que no simpatizan con estas modificaciones, querían ganar tiempo y anular la reforma por no cumplir con los plazos establecidos.

Pero ahí no acaba la historia, el procedimiento legislativo (al tratarse de una modificación a la constitución local), requiere que la aprueben más de la mitad de los ayuntamientos del estado. Es decir, 43 como mínimo.

En ese camino se encuentra la reforma que seguramente librará el trámite, porque Morena gobierna 52 ayuntamientos. De tal suerte que si cierran filas sobre este tema, sacarán sin contratiempos la muy polémica reforma al poder judicial.

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