La libertad de expresión como cualquier derecho, tiene limitantes, las cuales deben de ser estudiadas como cualquier excepción a la regla.
En tal sentido, una de las mayores limitantes son los discursos de odio, mismos que deben de ser prohibidos por una regla en común, la libertad de expresión debe de ser tolerante con todo mundo, menos con los intolerantes, bajo la premisa que, si una idea intolerante llegase a ser difundida y tuviera mayor peso, ello implicaría la pérdida de los derechos de quienes no compartan dicha idea.
Lo anterior en virtud de que los discursos de odio, son un caso especial de discurso discriminatorio, que implica promover violencia contra las personas o grupos determinados, con el objetivo de no reconocerles igual dignidad humana.
Por tanto, si el sistema jurídico mexicano se sustenta en una garantía de derechos por parte de todas las personas, así como el reconocimiento de la igualdad y la prohibición de la discriminación, lo que implica la antijuridicidad de todo tipo de apología al odio y la discriminación, incluso la incitación a la misma, lo cual se encuentra regulado por nuestro derecho positivo.
En consecuencia, para poder establecer una limitación, no basta con una mera acusación, sino que debe de ser sustentada y acreditada que dicha acusación puesto que la crítica y las noticias, no son discurso de odio, sino opiniones en el caso de la crítica y hechos.
Parece lamentable que se pretenda coartar el derecho de libertad de expresión de medios de comunicación, con un pretexto como el discurso de odio puesto que, incluso la crítica no puede ser considerada como tal, ya que para ser considerada de esa forma, debiera existir una discriminación o violencia hacia un grupo social.
Por tanto, la apertura y la libertad de prensa son pilares de un sistema democrático que no puede ser minimizado de ninguna manera.
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