Se ha convertido en una tendencia e incluso un signo de burla y crítica en la plataforma X, el por qué el Tribunal Electoral, condenó a una ciudadana a disculparse con una servidora pública, mediante su cuenta de redes sociales durante 30 días, por haber emitido un mensaje que fue considerado como violencia de género por el citado tribunal.
No obstante, “Dato Protegido” se viralizó, ya que la servidora pública mantuvo sus datos personales como reservados en la sentencia.
Sin embargo, el mayor fenómeno ha sido el recibimiento por la sociedad a dicha sentencia, siendo que aquello que debió de ser una mancha escarlata en la cuenta de esta ciudadana, se ha convertido en una bandera de lucha por los derechos de libertad de expresión de las y los ciudadanos, contra una sentencia no solamente excesiva sino absurda.
En tal sentido, incluso quien se sintió agraviada ha señalado su rechazo a la propia sentencia y el efecto de la misma. Lejos de verse como una disculpa, ha generado un ataque contra esta misma persona, que inicio el procedimiento legal en contra de la ciudadana y lo que fue un caso menor, se ha convertido en una tendencia que parece continuará como una señal y una mancha de la servidora pública, durante el mes que continue el mensaje de “disculpa”.
Esto parece que es la prueba fundamental de la arbitrariedad de la sentencia, porque no toda opinión ni discurso puede ser considerado de odio y mucho menos sancionado en tal extremo, puesto que la ponderación debe de ser tan exacta que evite no solamente generar una violación a la libertad de expresión sino generar lo que pareciera ser, una represión contra cualquier expresión o connotación contraria a funcionarios en el poder.
El estado democrático se sustenta en la protección de derechos fundamentales que implica límites ciertos, claros y proporcionales, sin generar ni arbitrariedades ni represiones.
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