La aprobación de una reforma a la Constitución Política del Estado de Hidalgo que elimina la obligación de solicitar autorización previa del cabildo para celebrar contratos y convenios municipales generó posturas encontradas entre integrantes del Ayuntamiento de Tulancingo.
El síndico procurador hacendario, Pedro Hiram Soto Márquez, explicó que votó en contra porque considera que el municipio es un órgano colegiado y que la modificación resta facultades a sus integrantes para intervenir en la celebración de estos acuerdos.
Sostuvo que la reforma va en contra de la naturaleza del Ayuntamiento al limitar las atribuciones del cabildo.
En contraste, la regidora Sandra Victoria Rojas Chavarín negó, mediante una publicación en su cuenta de Facebook, haber recibido algún beneficio económico a cambio de votar a favor de la modificación, luego de señalamientos en ese sentido.
La asambleísta justificó su voto al considerar que agilizar la administración municipal puede contribuir a atender las necesidades del municipio.
Por mayoría, el ayuntamiento aprobó la reforma a la fracción XV del artículo 141 de la Constitución estatal, que elimina la obligación de los presidentes municipales de solicitar autorización previa del cabildo para celebrar contratos y convenios con particulares e instituciones oficiales sobre asuntos de interés público.
Los 12 votos a favor fueron emitidos por la presidenta municipal Lorena García, Sandra Victoria Rojas, Abril Chávez, Jaciel Templos, Julio Parrasales, Justa Tolentino, Jack Tenorio, Anay Castro, Beatriz Elizondo, Ivet Bulos, Bronia Vargas y Andrés de la Riva.
En contra votaron Luz Guzmán, Pedro Hiram Soto, Pedro Escudero, Lorenia Lira, Antonio Lira, Catalina Lemus y Benita Manilla.
Por su parte, Gastón Santos se abstuvo y Roberto Ivey no asistió a la sesión.
La reforma fue presentada por la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares y sometida a discusión y votación el pasado jueves 30 de octubre.
Actualmente, la legislación contempla como facultad del órgano colegiado autorizar a la persona titular de la presidencia municipal para celebrar contratos con particulares sobre asuntos de interés público.
