La reforma laboral, que en el ámbito federal entró en vigor el pasado 18 de noviembre, estable la obligatoriedad de que cualquier dirigente sindical deba ser electo por el voto directo y secreto de sus agremiados, señaló el encargo del Centro Federal de Conciliación Laboral, Alfredo Domínguez Marrufo.

“Si tienen que elegir de nuevo a la directiva porque el plazo ya se venció, la nueva elección de dirigentes no puede ser a mano alzada, tiene que ser una elección donde las y los trabajadores pueden votar de manera personal libre, directa y secreta”, expresó en funcionario.

Además, señaló, ahora los sindicalizados tienen la facultad de negarse al pago de cuotas a través del descuento a sus salarios, así como de pedir cuentas detallada a sus presentantes sobre la administración del patrimonio y el recurso que reciben los entres gremiales.

Con el cambio en materia laboral, explicó, los contratos colectivos de trabajo con empresas o empleadores también deben ser consultados y revisados por los empleados. De esta manera, los sindicalizados no volverán a desconocer su contenido, dijo.

Según las estadísticas oficiales, señaló, el contenida de la cuarta parte de este tipo de convenios laborales es ignorados por los empleados, así como sus términos.

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