Si algo podemos afirmar en el mes de noviembre es la certeza de la muerte, pero algo que debemos de reflexionar es la incertidumbre del futuro de las personas cuando se mueren y de las personas que permanecen en este mundo al momento de su partida.

Si bien la muerte y la perdida son cuestiones difíciles de aceptar y de pensar de manera personal debemos de reflexión sobre nuestro futuro y el de nuestras familias.

He de mencionar que no podemos prevenir gran parte de nuestras vidas, pero si algo podemos prevenir es el futuro de nuestros bienes con posterioridad a la muerte a lo que denominamos testamento.

En primer punto, he de mencionar que la decisión de aquello que ocurre con los bienes de las personas es de los dueños de dichos bienes, si así lo dispusieron antes de morir.

En tal sentido, si la persona tomo la decisión por medio de un testamente respecto de sus bienes esa es la decisión que rige sus bienes y no puede ser modificada por voluntad de persona alguna y mucho menos del Estado.

Sin embargo, no siempre las personas toman esas decisiones motivo por el cual el Estado decide como se deben de dividir cuando una persona no decidió respecto de los mismos.

Por tanto, el Estado ha decidido por medio de leyes otorgar los bienes a los parientes más cercanos excluyendo a los más lejanos bajo diversas reglas que son específicas.

No obstante, esta decisión no es ni sentimental ni emocional sino una solución que se ha considerado justa a lo largo de la historia, de manera genérica para todas las familias y se insiste no es la decisión del dueño de los bienes sino de la ley.

Sin embargo, esta decisión se crea mediante procesos judiciales que si bien pretenden ser lo más sencillo implican verdaderos sentimientos familiares y comúnmente conflictos que pudieran ser evitados mediante el testamente correspondiente.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@jfg

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