Una de las grandes noticias sin duda son los bombardeos a diversas ciudades en Ucrania y las consecuencias que ha dejado en perdidas humanas, siendo en su mayoría civiles. Si bien existe una discusión respecto así aquello que ocurre en Ucrania es una guerra, una invasión o un simple ejercicio militar lo cierto es que las tres circunstancias tienes diversas connotaciones jurídicas a resolver.

Sin embargo, ninguna de ellas permite en estricto sentido realizar acciones fuera de las normas establecidas por el derecho internacional, como lo son ataques directos a civiles desprotegidos.

Máxime que las Naciones Unidas han establecido el derecho a la paz que tenemos las personas que si bien el mismo poco se ha positivado y poco se ha aplicado en nuestros tiempos no deja de ser materia de protección internacional.

Por tanto, la comunidad internacional tiene una obligación no solo para mediar sino para oponerse a ataques fuera de las normas de guerra y en contra de civiles, sin importar del bando del cual se encuentren.

En tal sentido, las organizaciones internacionales y los Estados miembros de la comunidad internacional tienen una obligación de buscar vías pacificas para evitar que los conflictos escalen a una mayor dimensión e incluso se ha pretendido imponer sanciones como aquellas que fueron efectuadas desde el comienzo del presente conflicto con el fin de evitar un proceso bélico.

No obstante, la falta de legitimación por parte de las naciones emisoras de dichas sanciones crean una duda sobre la intencionalidad o no de dichas sanciones, siendo esta la gran diferencia con cualquier otra norma puesto que, mientras en el derecho interno se reconoce a un Estado como órgano superior para sancionar a sus gobernados en el derecho internacional no existe tal ente que pueda ser reconocido para sancionar y evitar conflictos.

Estoy seguro que el inicio de la positivación del derecho a la paz ha comenzado y entes internacionales han comenzado a ser reconocidos si bien de manera muy precaria, pero si con cierta fuerza que pudiera ya vislumbrar un cambio en el paradigma internacional.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@jfg

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