Sin duda estos días han sido de grandes cambios para nuestro país por lo que hace a las decisiones dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin que hasta la fecha exista un verdadero cambio real.

No obstante, la discusión vertida respecto de la prisión preventiva oficiosa permitió realizar diversas consideraciones por los ministros, me parece que existieron dos vertientes fundamentales en la discusión aquella que sostiene que la Suprema Corte se encuentra impedida de inaplicar el texto constitucional y la que establece que si esta facultado.

He reiterado en diversas columnas mi opinión sobre la facultad que considero tiene la Suprema Corte para inaplicar parte del texto constitucional, lo cual no me parece nada fuera de un cauce constitucional.

En primer punto, hemos de señalar que la constitución no es un cumulo de hojas son en cambio la serie de principios y derechos que emanan de ese texto denominado Constitución y si una parte de la misma no es acorde con estos principios no existiría impedimento alguno para considerarla contraria a la misma.

Lo anterior ha sido sostenido por la doctrina internacional desde hace ya varios años dado que, esa es la verdadera limitante del poder legislativo, pensar lo contrario implicaría considerar la potestad del poder legislativo para modificar la Constitución sin que pudiera ser revisada por ningún otro.

Imaginemos imponer la esclavitud dentro de la Constitución y la imposibilidad del poder judicial para inaplicar dicho precepto, sería una aberración constitucional.

Sin embargo, la facultad del poder judicial para delimitar las modificaciones constitucionales no implica un poder absoluto del mismo ya que, la idea central es que dichas modificaciones sean adecuadas con el principio y el sentido constitucional.

Por tanto, no se puede sostener que la constitución pueda ser modificada hasta perder el sentido de los derechos que protege puesto que, la obligación del supremo tribunal es dicha protección, lo cual debe de permear en la discusión actual.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@jfg

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