México se ha caracterizado por la prohibición de la esclavitud, uno de los pilares irrestrictos del derecho mexicano y que ha sido base no solamente del resto de los derechos en México sino de la propia dignidad humana establecida desde nuestra constitución.

En tal sentido, a la entrada en vigor de los tratados internacionales se ha aumentado la protección a un mayor grado en la medida que dichos tratados no solamente han establecido una definición mucho más amplia.

Considero que la idea de esclavitud ha cambiado sustancialmente en los últimos años y como muestra es la existencia no solamente de la doctrina nacional e internacional sino del propio articulado de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Lo anterior permite establecer no solo la prohibición de la esclavitud sino ampliar el espectro a una prohibición de explotación de una persona por otra persona, la cual se puede otorgar a través de cualquier abuso económico, físico o psicológico que pueda inferir directamente en su dignidad.

Sin embargo, la idea de dignidad como objeto de estudio para acreditar dicha explotación si bien fue establecida por nuestros tribunales federales, ha sido redefinido y reestablecido por nuestros propios tribunales para establecer el simple abuso como una lesión mediante la cual una de las partes obtenga una retribución exacerbada en contraprestación de la otra.

No obstante, las partes pueden ser cualquier persona tanto física como moral incluso un banco o una persona que realiza un préstamo o un trabajo, que pudiera ser retribuido, pero de manera mínima en comparación con el trabajo.

De la misma forma, que un trato puede ser una sociedad mercantil, conyugal o civil puede abusar de una de las partes en beneficio de otras y ello no se encuentra prohibido sino protegido de forma especial por el derecho.

En tal sentido, el derecho no busca permitir un abuso sino proteger a las personas y garantizar una igualdad, lo que no implica la imposibilidad de lucrar en un negocio, sino la prohibición de abusar en el mismo.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@vac

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