La notificación es la forma en que las autoridades dan a conocer sus resoluciones o acuerdos a las partes dentro de los procesos judiciales, las cuales pueden ser de diversas formas de acuerdo al proceso mismo.

En tal sentido, es que aquellas que son personales son las más importantes y por ende, las que más cuidado debe de tener pues es en las mismas mediante las cuales las autoridades hacen saber de manera directa a la persona interesada los acuerdos de mayor importancia que así determinen las leyes.

Por tanto, es fundamental que la autoridad correspondiente, se percate de manera fidedigna de realizar el procedimiento correspondiente y correcto con la finalidad de dar certeza de que se pudo realizar la notificación correspondiente a la persona en concreto.

Sin embargo, en la práctica existen múltiples ocasiones en que no es posible encontrar a la persona buscada, por lo que es necesario realizar esta notificación con la persona que pudiera ser capaz de hacerle llegar la información a la persona de interés.

En tal caso, podemos estar en la presencia de una persona que se acredita que vive en una casa pero no se encuentra en ese momento, pero su familiar acepta recibir la información para proporcionársela, por lo que debe la autoridad ser aún más rigurosa para acreditar estos hechos.

No obstante, existen diversas notificaciones donde las partes ya conocen el proceso, y se encuentran debidamente asesoradas, por lo que las notificaciones se hacen de manera más sencilla a través de medios electrónicos o de listas existentes dentro de los juzgados, siendo obligación de las partes estar al pendiente de su asunto para conocer en tiempo y forma, aquello que se resuelva.

Por tanto, debemos de diferenciar las notificaciones personales de aquellas que podemos realizar por lista, siendo que las primeras deben de garantizar a la autoridad la mayor seguridad jurídica, mientras que la segunda, pretende facilitar la comunicación entre las partes y el proceso lo cual puede realizarse a través de medios electrónicos.

juanfer_lm@hotmail.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

A %d blogueros les gusta esto: