Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desestimaron la queja de Julio Menchaca Salazar, gobernador electo, por actos de calumnia presuntamente cometidos por la excandidata de Va por Hidalgo, Carolina Viggiano Austria, por lo que ratificó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH).
El juicio electoral se derivó de la publicación de un video en la red social Facebook, del 5 de mayo, del cual el morenista acusó a la candidata de realizar comentarios que lo ligan con la misoginia, lo que consideró que constituye calumnia.
De acuerdo con la resolución del expediente SUP-JE-207/2022, interpuesto por Mónica Patricia Mixtega Trejo, quien se ostenta como representante de Menchaca Salazar, el ente federal calificó como “ineficaces” los agravios.
“Ya que si bien le asiste la razón respecto de la incongruencia de la resolución impugnada, lo cierto es que del análisis del material impugnado no se desprende que se acrediten los elementos para determinar la existencia de la infracción”, resolvió el TEPJF.
Además, el TEEH no requería analizar el impacto de la publicación en redes sociales; asimismo, no se acredita el elemento objetivo de la calumnia.
“Si bien las expresiones contenidas en el video constituyen una crítica que puede considerarse severa, lo cierto es que se encuentran protegidas por el derecho a la libertad de expresión en materia político-electoral”, señala la sentencia.
El TEPJF reiteró que es un discurso amparado por el derecho a la libertad de expresión, en el contexto de un debate plural y “vigoroso” de un tema de interés general “que prioriza la libre circulación de la crítica”.
Según el video, la excandidata de calificó a Menchaca Salazar como “misógino” luego de un comentario que efectuó la presidenta estatal de Morena, Sandra Ordóñez Pérez, quien mencionó que Viggiano Austria era “la candidata de Moreira, no de Morena”, luego de que esta afirmara en una conferencia que ese partido le había ofrecido postularla

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