A través de un amparo a la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), un juez federal ordenó a los integrantes del Congreso de Hidalgo, legislar en materia de responsabilidad patrimonial en la entidad, con lo que, por ejemplo, en caso de que un auto se dañe por un bache o tenga un incidente en una alcantarilla, el Estado esté obligado a pagar por lo daños causados.
Aunque a nivel federal se encuentra regulado, así como en más de 20 estados, en Hidalgo no existe una norma, por lo que el 28 de mayo la IFDP solicitó la protección de la justicia federal (expediente 631/2021) para evitar la parálisis de cualquier acto tendente a expedir la ley reglamentaria de la figura de la responsabilidad patrimonial del estado, prevista en el artículo 109 de la Constitución Política de México.
El pasado 28 de octubre, el Juez Tercero de Distrito de Hidalgo otorgó el amparo; según el sentido de la sentencia publicada en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el Poder Legislativo local debe cumplir con la obligación contemplada en el artículo único transitorio del Decreto publicado el 14 de junio de 2002 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que se reformó el artículo 113 (hoy 109) de la carta magna.
Por ello, la entidad tiene que reformar la Constitución local, para lo cual el Congreso está en aptitud de insistir a las municipalidades que emitan respuesta, y posteriormente, elabore las leyes secundarias que regulen la Responsabilidad Patrimonial de Hidalgo.
El juzgador determinó que este proceso legislativo deberá realizarse en el periodo de sesiones que se encuentra en curso o, a más tardar, en el siguiente período ordinario.
“No obstante, a pesar de que la omisión destacada lleva más de 17 años, este juzgador es consciente de la complejidad que implica la creación de cualquier norma, en tanto conlleva una secuencia de trámites y deliberación parlamentaria. De ahí que, en ejercicio de la facultad discrecional contenida en el párrafo último del propio precepto (Ley de Amparo), se otorga excepcionalmente el plazo más amplio (de los tres días)”, dice la sentencia.
En la LX legislatura, Estela Rubio (PRD) presentó una iniciativa al respecto; posteriormente, en 2017, Mariana Bautista de Jesús (PAN) ingresó una segunda iniciativa y tampoco fue aprobada. En la legislatura pasada se presentó otra por parte de Jorge Mayorga Olvera y Arely Maya Monzalvo, pero fue desechada

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