Por Arturo Hernández Cordero

En los últimos días, se ha desatado un rudo debate a raíz de la circulación en redes sociales de un video en el que una joven estudiante, rompe en llanto al solicitarle a uno de sus compañeros de clase, ser tratada por el adjetivo “compañere”, al identificarse la joven como de género “no binario” en una clase virtual.
Gran parte de los usuarios mexicanos hicieron mofa de la reacción de la joven, ante una acción que muchos considerarían burda, mientras que algunos otros internautas mexicanos, defendían la voluntad de la joven, de ser referida por medio del llamado lenguaje incluyente, para personas que no se identifican con el género masculino ni el femenino, y tildaban de retrogradas e irrespetuosos, a aquellos que criticaron el lenguaje incluyente y la reacción de la estudiante, pero ¿qué hay de cierto en todo esto último?
Tomando en cuenta las bases morfológicas del idioma español, el llamado lenguaje incluyente, que implica cambiar los pronombres y adjetivos para cumplir con una cuota de inclusión, resulta totalmente innecesario, ya que la morfología estándar del castellano ya es de por si inclusiva, según la Real Academia Española.
Y aunque esta última no sea dueña de un idioma hablado por casi 600 millones de personas, si es una Institución con el rigor académico necesario, para establecer lineamientos en torno al idioma castellano.
Dicho esto, no es retrógrada ni resulta irrespetuoso, negarse a incurrir en aberraciones lingüísticas con el propósito de ceder ante los caprichos de una minoría ideológica.
Los cambios en la morfología y vocabulario del español, han ocurrido de forma espontánea producto de la mescolanza con otras lenguas y constantes cambios generacionales, nunca por la imposición de un grupo de personas, que claramente desconoce las dinámicas evolutivas del idioma.
El acoso personal y las amenazas a la joven estudiante, están fuera de lugar y son injustificables, no así la negación de la comunidad hispanohablante, a modificar su forma de hablar solo para ser partícipes de las fantasías promovidas por la ideología de género; tampoco son condenables las mofas a una reacción infantil, siempre y cuando estas no vulneren los derechos de la joven

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