La LIX Legislatura local aprobó la reforma a la Ley de Salud para el estado, que considera el otorgamiento de cubrebocas gratuitos y la aplicación de cirugías bariátricas en el sector público, como un tratamiento de la obesidad mórbida y sus comorbilidades.
Asimismo, considera la promoción de la salud e higiene menstrual, promoción comunitaria de salud en contextos de epidemias o pandemias y estimulación temprana a menores de 6 años a cargo de la Secretaría de Salud y los sistemas DIF locales y estatal.
La reforma señala que las autoridades deberán establecer una plataforma de información pública en materia de abasto de medicamentos, así como promover, orientar y evaluar el funcionamiento del Centro Estatal de Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células de Seres Humanos para el Estado de Hidalgo.
También menciona que las mujeres embarazadas sin control prenatal o de alto riesgo obstétrico, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad, así como las personas en situación de abandono o imposibilitadas para acudir a la unidad de salud, “podrán preferentemente recibir los servicios de salud en domicilio particular”.
En materia de Salubridad local, en los municipios prestara el servicio personal originario o que radique en las mismas demarcaciones.
“Los prestadores de servicio de salud a quienes corresponda practicar el aborto no punible y cuyas creencias religiosas o convicciones personales, sean contrarias a tal procedimiento, podrán ser objetar conciencia y por tal razón, excusarse de intervenir en este, teniendo la obligación de referir a la mujer con un médico no objetor”, añade.
Para ello, las instituciones públicas deberán contar con personal “no objetor de conciencia en la materia”. No obstante, no podrán negarse a interrumpir el embarazo cuando su práctica sea urgente para salvaguardar la salud o la vida de la mujer.
La reforma igualmente establece un capítulo sobre la prevención, diagnóstico y tratamiento de las parejas o personas con infertilidad.
También menciona la obligatoriedad del uso de cubrebocas para prevenir y evitar el contagio y propagación de virus y bacterias, así como priorizar al personal salud y grupos de riesgo en caso de epidemia o pandemia, como ocurre con el Covid-19.
El Poder Ejecutivo tendrá 180 días hábiles para emitir las reglas de operación del programa correspondiente a los servicios de salud en domicilio particular

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