Hasta el momento no hay nada definido respecto a los procedimientos de remoción contra los integrantes del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, iniciado por el Instituto Nacional Electoral por la cancelación del PREP, para la elección de presidentes municipales en octubre del año pasado.
Así lo dio a conocer el consejero del organismo electoral local, Augusto Hernández Abogado, quien señaló que a pesar del tiempo transcurrido, hasta el momento no hay notificación alguna al respecto, ya que todo es facultad de la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE, donde aseguró que el procedimiento sigue vigente ya que solamente es cuestión de tiempo, para que haya un resolutivo sobre el tema.
Al mismo tiempo, el funcionario electoral descartó que la resolución pueda darse una vez que tres de los integrantes de dicho consejo, tengan que dejar los cargos en septiembre próximo, al referir que si bien no hay tiempos fatales para resolver sobre el tema, esta situación tendrá que definirse posiblemente, una vez concluido el proceso de elección de junio próximo.
Luego de recordar que para septiembre del año en curso, tanto él como sus compañeros Salvador Domingo Franco Asad y Blanca Estela Tolentino Soto, culminan su periodo como consejeros, aseguró que de manera formal e informal no se les ha notificado, respecto al avance de los dos procedimientos de remoción, aseguró que es probable que se continúe en la etapa de investigación.
De igual forma, refirió, “En los listados de la Unidad Técnica de lo Contencioso, el caso solamente aparece como un asunto que se encuentra en investigación y entonces ya en esa consideración, nos damos cuenta que todo está en manos del propio instituto y seguramente cuando se tengan todos los elementos, habrá un resolutivo”.
Finalmente, dijo que es probable que el retraso para una resolución final, puede deberse a que no se hayan concluido las diferentes etapas de investigación, ya que cada una de estas se realiza bajo el principio de exhaustividad, debido a que se debe contar con toda la información necesaria para no incurrir en una falta grave en la actuación final

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

A %d blogueros les gusta esto: